Mediante Decreto de Urgencia N° 058-2011, de fecha 26 de octubre de 2011, se dicta medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional; entre ellas, en materia de producción y productividad, se dictan medidas a favor de las micro, pequeñas y medianas empresas, autorizando excepcionalmente a FONCODES a gestionar a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, las adquisiciones de bienes a las MYPE. El numeral 11.4 de la norma, establece que las guías para la ejecución, rendición de cuentas, medidas de control, distribución y otros documentos de gestión necesarios para la administración de los Núcleos Ejecutores, serán aprobados por el FONCODES, siendo de cumplimiento obligatorio por aquellos.
Mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, de fecha 04 de octubre de 2013, se amplía la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta el 31 de diciembre de 2013 e incluye en su ámbito de aplicación, a través de Núcleos Ejecutores la adquisición de Kits para Cuna Más, Kits de cocina popular, Kits de cocinas a gas, cocinas mejoradas, ropa hospitalaria, vestuario de salud, carpetas para instituciones educativas y sombreros escolares, sábanas, colchas y frazadas, siendo que son los Ministerios que correspondan y el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) los responsables de definir el contenido de los kits, la estimación de la demanda, la distribución y la recepción de dichos bienes, conforme a las disposiciones contenidas en el referido capítulo.
La Ley Nº 30056, de fecha 02 de julio de 2013, modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial y, con su Segunda Disposición Complementaria Modificatoria, amplía la vigencia de la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta el 31 de diciembre de 2016.
De acuerdo a las modificaciones realizadas a través de los DECRETOS DE URGENCIA Nº 016-2012, 002-2014 y 005-2014 así como las leyes 29951, 30056,30264 y 30527, cuyo plazo de vigencia ha sido ampliado hasta el 31 de diciembre del 2020 mediante Ley Nº 30818.